La versión de dichos recursos se realizará una vez que la Dirección
General de Casinos haya percibido del Ministerio de Turismo, el valor de
las entradas canjeadas. A tales efectos, la Dirección General de Casinos
descontará de los porcentajes que le corresponden al Ministerio de
Turismo, los montos adeudados por concepto de entradas, a la fecha en la
cual se realice la liquidación respectiva.