Los bonos serán personales e intransferibles y su vigencia se extenderá
hasta el 30/4/89. Serán emitidos a costo del Ministerio de Turismo y en
los mismos se especificará: "Canjeable por una entrada a las Salas de
Juego explotadas por la Dirección General de Casinos del Estado. Emitido
de acuerdo al decreto del Poder Ejecutivo, vencimiento 30/4/89. Personal e
intransferible."