Reglaméntase el artículo 5 de la Ley N.o 13.318. en lo referente a la recaudación de los recursos creados para atender las necesidades urgentes del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.318 de 28/12/1964 artículo 5.