El Banco será asistido por una Comisión Honoraria Asesora, la que deberá
ser oída necesariamente por su Dirección, siempre que sus integrantes lo
consideren conveniente u oportuno en todo asunto relacionado con su
organización y funcionamiento del Instituto, o en lo atinente al
cumplimiento de los cometidos que se le acuerden por el presente decreto.
Estará integrada por tres miembros titulares y otros tantos suplentes, que
actuarán por orden preferencial.
En el ejercicio de la función durarán dos años, salvo el caso de renuncia
o remoción y su mandato se prorrogará hasta tanto se le designe sustituto.
Serán designados: uno, por el Ministro de Salud Pública, otro, por el
señor Decano de la Facultad de Medicina y el tercero por el señor Director
del Hospital de Clínicas.