CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 41 ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y CULTURALES




Promulgación: 24/12/1986
Publicación: 06/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 9

   Cuando existan trabajadores no categorizados específicamente en los laudos o decretos del presente Grupo, este Consejo de Salarios, determinará la categoría a la cual deben asimilarse dichos trabajadores, teniendo en cuenta las categorías ya laudadas en esta rama de actividad.
Ayuda