HARINA DE TRIGO Y SORGO




Promulgación: 18/10/1973
Publicación: 29/10/1973

Resumen:

Amplíase el artículo 1º del Decreto Nº 764/973 de 13 de setiembre de 
1973, estableciéndose que las moliendas de sorgo y trigo deberán ser realizadas por separado y la mezcla de sus harinas deberá efectuarse en cualquiera de las etapas de molienda de trigo.


		
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