GASTO PUBLICO. LIMITACION A PARTIDAS PRESUPUESTALES. ENERO 2004




Promulgación: 10/03/2004
Publicación: 16/03/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 500

Artículo 3

   El Poder Ejecutivo, en acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas 
y previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, 
autorizará dentro del límite presupuestal las inversiones que superen los 
topes máximos señalados, cuando se verifique que generan ahorros para el 
Estado y que su financiamiento es compatible con la programación 
financiera.-
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