CONSEJO NACIONAL DE SUBSISTENCIAS Y CONTRALOR DE PRECIOS. AUTORIZACION




Promulgación: 07/11/1974
Publicación: 18/11/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Cométese al Consejo Nacional de Subsistencias y Contalor de Precios, la adquisición e importación hasta el límite que se determina, de aceite
crudo comestible. Dichas importaciones serán exoneradas del pago de
derechos aduaneros y adicionales, tributos a la importación o de
aplicación de cualquier recargo o consignación previa.

Artículo 1


(*)Notas:
Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 957/974 de 
28/11/1974 artículo 1.

Artículo 2

Artículo 4



		
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