CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 1 COMERCIO. SUBGRUPO Nº 3 MAQUINAS DE OFICINA




Promulgación: 24/12/1986
Publicación: 07/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: los acuerdos logrados por los Consejos de Salarios instituidos por decreto 178/985, de 10 de mayo de 1985.

   Resultando: I) Que en mérito a la urgencia de determinar aumentos salariales para la actividad privada, por razones de oportunidad se procedió a la designación directa de los delegados sectoriales;

   II) Que no obstante lo señalado en el resultando anterior, se ha cumplido sustancialmente con el espíritu de la negociación colectiva al haber participado en los acuerdos los sectores directamente interesados;

   III) Que el Consejo de Salarios correspondiente al Grupo N° 1 "Comercio" Subgrupo N° 3 "Máquinas de Oficina" se logró acuerdo que fue suscrito en actas de fecha 6 de noviembre de 1986.

   Considerando: I) Que al haberse obviado el cumplimiento de ciertos requisitos formales para la integración de los Consejos de Salarios la aplicación de la ley 10.449, de 12 de noviembre de 1943 podría dar lugar 
a cuestionamientos de orden legal;

   II) Que a efectos de asegurar el cumplimiento integral de las condiciones de trabajo acordadas en las negociaciones es conveniente utilizar los mecanismos legales establecidos en el decreto ley 14.791, de 8 de junio de 1978;

   III) Que es de interés del Poder Ejecutivo promover los acuerdos a largo plazo a efectos de asegurar el incremento del salario real de los trabajadores con el fin de que las relaciones laborales se desarrollen en un clima que evite los conflictos y favorezcan el aumento de la productividad;

   Atento: a los fundamentos expuestos y a lo preceptuado en el decreto ley 14.791 y decreto reglamentario 371/978, de 30 de junio de 1978,

   El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Fíjanse con carácter nacional los siguientes salarios mínimos para los trabajadores comprendidos en el Grupo N° 1 "Comercio" Subgrupo N° 3 "Máquinas de Oficina" de las empresas que se dedican a la venta de equipos de oficina y computación, accesorios y repuestos, servicios y asistencia técnica y/o software, pudiendo tratarse de empresas importadoras, con vigencia desde el 1° de octubre de 1986 al 31 de enero de 1987.

   Area Administración                                        N$
                                                              __

 Limpiadora, cadete y peón ....................            24.242,00
 Encargado de mantenimiento, sereno y cantinero           26.839,00
 Recepcionista, telefonista y chofer ..........           28.570,00
 Operador Centro de Copiado 2, Digitador y
 Auxiliar 3 ...................................           31.687,00
 Operador Centro de Copiado 1, Auxiliar 2 Cajero,         37.228,00
 Cobrador, Ayudante de Operador y Secretaría ..
 Auxiliar 1, Operador de Administración y Jefe 
 de Centro de Copiado ..........................          42.942,00
 Auxiliar Categorizado y Tesorero ..............          51.946,00
 Secretaria Ejecutiva y Subjefe Encargado ......          63.200,00
 Jefe de Personal y Jefe de Administración .....          74.455,00

   Area Técnica                                               N$
                                                             ___

 Funcionario en Entrenamiento A ................          24.242,00
 Técnico de mantenimiento y limpieza A y                  26.839,00
 Funcionario en entrenamiento B ................
 Auxiliar Técnico A, Técnico de mantenimiento y           28.570,00
 limpieza B y funcionario en entrenamiento C ...       
 Técnico 1 A, Auxiliar Técnico B, Técnico de
 mantenimiento y limpieza C y funcionario de
 entrenamiento D ...............................          31.687,00
 Técnico 2 A, Técnico 1 B, Auxiliar, Técnico C y
 Técnico de mantenimiento y limpieza D .........          37.228,00
 Subjefe A, Técnico Cabeza de Grupo A Técnico 2 B,        42.942,00
 Técnico 1 C y Auxiliar Técnico D ...............         
 Jefe Técnico A, Subjefe B, Técnico Cabeza de 
 Grupo B, Técnico 2 C y Técnico 1 D .............         51.946,00
 Jefe Técnico B, Subjefe C, Técnico Cabeza de Grupo 
 C, Técnico Especialista C y Técnico 2 D ........         63.200,00
  Jefe Técnico C, Subjefe D, Técnico Cabeza de
 Grupo D y Técnico Especialista D ...............         74.455,00
 Jefe Técnico D .................................         93.502,00

     Area Software                                            N$
                                                              __

 Funcionario en entrenamiento ....................        37.228,00
 Programador .....................................        42.942,00
 Analista de Aplicaciones ........................        51.946,00
 Analista de Soft Junior .........................        63.200,00
 Analista de Soft Senior .........................        74.455,00
 Jefe de Ingeniería de Sistemas ..................        93.502,00

     Area Ventas                                              N$
                                                              __

 Demostrador A y Funcionario en entrenamiento A           24.242,00
 Vendedor A, Demostrador B, Funcionario en
 entrenamiento B, Demostrador C, Funcionario en 
 entrenamiento C, Demostrador D y Funcionario en 
 entrenamiento D .................................        26.839,00
 Vendedor B ......................................        28.570,00
 Supervisor A y Vendedor C .......................        31.687,00
 Supervisor B y Vendedor D .......................        37.228,00
 Jefe A, Jefe B y Supervisor C ...................        42.942,00
 Jefe C y Supervisor D ...........................        51.946,00
 Jefe D ..........................................        74.455,00

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