Suspéndese la aplicación del Decreto N° 770/967 artículos 1 y 2, por el que se prohibió la venta de carne determinados días de la semana y se fija el volumen de faena semanal para el abasto en todo el país.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 537/968 de 31/08/1968.