COMERCIALIZACION DE VINOS




Promulgación: 05/01/2007
Publicación: 16/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 47
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   El grado alcohólico mínimo para la circulación de todos los vinos de mesa fraccionados a partir de la liberación de la zafra 2007 será de 
10,5% vol/vol.
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