PROYECTO DE CAMBIO DE CORE. El Directorio podrá autorizar la realización de un horario de 8 (ocho) horas diarias de labor exclusivamente para aquellos funcionarios que afecte al proyecto Core bancario. Quienes estén en este régimen percibirán:
En el caso de los trabajadores con un grado EPU 46 o superior un complemento mensual equivalente al 17,07% del sueldo básico por el período en que efectivamente se cumpla el mencionado horario.
En el caso de los trabajadores con un grado EPU inferior a 46 un complemento mensual equivalente al 22,75% del sueldo básico por el período en que efectivamente se cumpla el mencionado horario.
La cantidad máxima de funcionarios en este régimen será de 50 (cincuenta) en forma simultánea.
A tales efectos, se prevé un crédito presupuestal en el objeto del gasto 052005 Complemento 8 horas.