VISTO: la necesidad de asegurar el funcionamiento de la Unidad Ejecutora
039 "Dirección Nacional de Meteorología" del Inciso 03 "Ministerio de
Defensa Nacional".
RESULTANDO: que por el artículo 4to. del Decreto 363/007 de 01 de octubre
de 2007, se dispuso el abatimiento de los créditos en la Unidad Ejecutora
041 "Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica"
en los Objetos del Gasto 099 "Otras retribuciones", 213 "Electricidad" y
211 "Teléfonos y similares" en la Financiación 1.2 "Recursos con
Afectación Especial" en los Ejercicios 2007 y 2008, para el financiamiento
de contratos a término en la Dirección Nacional de Meteorología.
CONSIDERANDO: que a la fecha no se ha culminado la reestructura de cargos
y funciones de la Dirección Nacional de Meteorología, por lo que resulta
indispensable proceder a la contratación de personal a término durante los
Ejercicios 2009 y 2010.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido en los artículos
30 a 43 de la Ley 17.556 de 18 de setiembre de 2002, modificativos y
concordantes y Decreto 363/007 de 1ro. de octubre de 2007.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Meteorología a
sus efectos, dése cuenta a la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica y pase a la Contaduría General de la Nación.
Cumplido, archívese.