Regúlase el uso de los fondos con destino a la ejecución de proyectos habitacionales del Sistema Público de Producción de Viviendas. Los
proyectos financiados con recursos del Fondo Nacional de Vivienda e
imputados contra las Cuentas, Préstamos y Subsidios del mismo se
ejecutarán mediante la concertación de un contrato de préstamo
particular con un cronograma de usos mensuales de fondos, y tendrá una
subcuenta donde se registrarán los movimientos y saldos mensuales, en
Unidades Reajustables, resultantes de su ejecución.