APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2006




Promulgación: 27/03/2006
Publicación: 03/04/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 557
Referencias a toda la norma

TITULO V - DISPOSICIONES COMUNES
B) A TODAS LAS CLASES Y NUCLEOS FUNCIONALES

Artículo 48

 Al tiempo de cese, dentro de la clase, la categoría de los funcionarios
quedará determinada por su sueldo siempre que la categoría así fijada, no
sea inferior a la que tuviere asignada por su cargo.
La antigüedad en la categoría, determinada conforme al párrafo anterior,
se computará desde la fecha en que se haya asignado el sueldo tomado como
base para la determinación.
Lo dispuesto en los párrafos anteriores, se aplicará en la misma forma
para la determinación de las categorías anteriores que correspondan, y
para el cómputo de la antigüedad en la categoría.
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