REGLAMENTACION DE LA LEY 20.112, RELATIVA A LA CREACION DEL FONDO DE RECONVERSION DE INDUSTRIAS LACTEAS (FRIL)




Promulgación: 22/03/2023
Publicación: 30/03/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.112 de 05/01/2023.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   De la Comisión Asesora.- La Comisión Asesora del FRIL funcionará en la órbita del Ministerio de Industria, Energía y Minería, y estará integrada por un representante del Ministerio de Industria, Energía y Minería, que la presidirá, un representante del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, uno del Ministerio de Economía y Finanzas y uno del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
   La Comisión Asesora definirá su reglamento de funcionamiento.
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