El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 8
(Locales): El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial mantendrá, las oficinas en donde se encuentran las entonces unidades ejecutoras 004 "Dirección Nacional de Medio Ambiente" y 005 "Dirección Nacional de Aguas" del Inciso 14, "Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial", ubicadas en Montevideo, haciéndose cargo el primero en lo que corresponda, de los gastos de limpieza, electricidad, agua potable, telefonía, mantenimiento, seguridad y otras relacionadas, hasta el 31 de diciembre de 2021.