Fecha de Publicación: 06/08/1975
Página: 236-A
Carilla: 2

FE DE ERRATAS

   En el "Diario Oficial" de fecha 21 de julio de 1975, se publicó el decreto 545/975, referente a derechos y beneficios laborales de los trabajadores a domicilio.

   En dicha publicación se padecieron los siguientes errores:

   En el artículo 1.o, segundo parágrafo, donde dice: "...por el tiempo que generaron derecho a licencia...", debe decir: "...por el tiempo que generen derecho a licencia...".
   En el artículo 15, tercera línea, donde dice: "...establecida por el artículo precedente y el monto ganado cada año...", debe decir: "...establecida por el artículo precedente y el monto ganado en los 12 meses anteriores al 1.o de diciembre de cada año...".
   En el artículo 33, segundo parágrafo, segunda línea, donde dice: "...del Trabajo y Seguridad Social el material existente. En adelante...", debe decir: "...del Trabajo y Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el material existente. En adelante..."
   En el artículo 34, primera línea, donde dice: "...Las empresas deudoras de trabajo a domicilio...", debe decir: "...Las empresas dadoras de trabajo a domicilio..."
   En la sexta línea, donde dice: "...determinando la fecha de ingresos de cada obrero tallerista...", debe decir: "...determinando la fecha de ingresos de cada obrero u obrero tallerista...".

   -Quedan hechas las salvedades.


		
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