Fecha de Publicación: 10/11/1980
Página: 430-A
Carilla: 2

FE DE ERRATAS

   En el "Diario Oficial" de fecha 13 de setiembre de 1979, se publicó el decreto 484/979, por el cual se fijan prestaciones pecuniarias por servicios que realiza la Comisión Administradora de Abasto, padeciéndose el siguiente error imputable al taller impresor.

   En el artículo 3° se omitió una línea por lo que se transcribe íntegramente:

   "Art. 3° Derógase el artículo 2° del decreto 884/973, de 18 de octubre de 1973, que faculta a la C.A.D.A. para retener el 1,5% (uno y medio por ciento) del precio de venta de la carne vacuna, ovina y menudencias puestas en gancho de carnicería que se destinen al abasto".

   -Queda hecha la salvedad.


		
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