Fecha de Publicación: 29/05/1997
Página: 412-A
Carilla: 4

FE DE ERRATAS

En el Diario Oficial de fecha 17 de abril de 1997, se publicó el Decreto
Nº 62/997 del Ministerio de Economía y Finanzas que aprueba la
reformulación de la estructura organizativa del Instituto Nacional de
Estadística, publicándose en forma incompleta el proyecto correspondiente,
por error imputable al Original.

REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Inciso: 02-Presidencia de la República
Unidad Ejecutora: 007 - Instituto Nacional de Estadística

CAPITULO I: Objetivos estratégicos

El Instituto Nacional de Estadística es el órgano rector del Sistema
Estadístico Nacional, responsable de reflejar cuantitativamente la
realidad económica y social del país, que proporciona información a
distintos actores y sirve de base para análisis, definición,
implementación, focalización, seguimiento y control de las políticas
públicas.

CAPITULO II: Cometidos

1. Cometidos sustantivos

*Regular, coordinar, asesorar y supervisar el Sistema Estadístico Nacional

*Elaborar, publicar y difundir las estadísticas nacionales

2. Cometidos con actividad prestacional fuera del ámbito de la
Administración Central:

2.1. Cometidos sustantivos

*Relevar precios de bienes y servicios y salarios
*Relevar datos para la encuesta de hogares
*Operar sistemas de computación que permiten la producción y mantenimiento
de planos.

2.2. Cometidos de apoyo a los sustantivos

*Imprimir publicaciones
*Realizar la operación de teléfonos
*Cumplir tareas de vigilancia
*Efectuar el pago de sueldos
*Efectuar el mantenimiento del local y de los equipos

3. Cometidos de apoyo a los sustantivos que permanecen en la Unidad
Ejecutora:

*Desarrollar y operar sistemas computacionales de procesamiento de
información estadística
*Gerenciar los recursos materiales y humanos.

Se mantiene el desempeño de actividades de apoyo directamente vinculadas a
los cometidos sustantivos porque la especialidad de las actividades que se
desarrollan haría ineficiente su traslado, en esta primera etapa, a la
respectiva unidad de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

CAPITULO III: Restructura Organizativa

1. El Instituto Nacional de Estadísticas es una unidad ejecutora de la
Presidencia de la República que depende jerárquicamente de la Comisión de
Planeamiento y Presupuesto, sin perjuicio de la autonomía técnica que la
ley le asigna. Su estructura se refleja en la «Organización para el
Cumplimiento de Cometidos» adjunta.

Las actividades desarrolladas por esta unidad ejecutora han sido
particularmente sensibles al desarrollo tecnológico, que ha permitido
simplificar procesos que antes insumían mayor cantidad de puestos de
trabajo. Ello se refleja en una estructura que requiere unidades
organizativas con menores requerimientos de puestos de trabajo, sin
perjuicio que sus cometidos hayan mantenido o acrecentado su ya alta
complejidad, así como su dimensión de alcance nacional.

Esto fundamenta que algunas unidades organizativas proyectadas no se
integren con el mínimo de puestos de trabajo exigidos por el artículo 5º
del decreto Nº 186/96 de 16 de mayo de 1996.

2. Funciones de la Dirección y de las unidades organizativas directamente
dependientes:

-Dirección:

*Administrar la coordinación, difusión y elaboración de estadísticas
nacionales.

-Asesoría Técnica:

*Asesorar a la Dirección en temática relativa a coordinación del Sistema
Estadístico Nacional, pre-evaluación y evaluación de proyectos a encarar
por el Instituto y en la fijación de normas técnicas.

-Departamento de Administración:

*Planificar, coordinar y controlar la gestión administrativa mínima
imprescindible de la unidad ejecutora. Definir los términos contractuales
de las actividades a cargo de terceros y controlar el cumplimiento de los
mismos.

-División Estadísticas Económicas:

*Planificar y controlar la producción de estadísticas continuas relativas
al área económica, elaborando índices de precios y salarios y estadísticas
de actividad de los distintos sectores así como coordinar actividades
estadísticas especiales (Censo Económico Nacional).

-División Estadísticas Socio-Demográficas:

*Planificar y controlar la producción de edstadísticas continuas relativas
al área socio-demográfica, elaborando indicadores sintéticos de situación
social,
*Realizar estudios e investigaciones en el área demográfica y coordinar
actividades estadísticas especiales (Censo de Población y Vivienda)

-División Servicios Técnicos:

*Planificar, desarrollar y operar sistemas computacionales adecuados al
procesamiento de datos estadísticos.

*Colaborar con la coordinación del Sistema Estadístico Nacional.

*Definir e implementar diseños muestrales.

*Difundir la producción estadística del Instituto y del Sistema
Estadístico Nacional.

3. Actividades con ejecución total o parcial a cargo de terceros

*Realizar la operación de teléfonos

*Cumplir tareas de vigilancia

*Efectuar el pago de sueldos

*Efectuar el mantenimiento del local y de los equipos

Estas actividades son contratadas en forma total con terceros; la
definición de términos contractuales y el control de su cumplimiento está
a cargo del Departamento de Administración:

*Imprimir publicaciones

Será contratada en forma total con terceros. La definición de términos
contractuales y el control de su cumplimiento estará a cargo del
Departamento de Administración.

*Relevar precios de bienes y servicios y salarios

Se contratan parcialmente con terceros y se proyecta su extensión a la
totalidad de la actividad. La definición de términos contractuales y el
control de su cumplimiento estará a cargo de la División Estadísticas
Económicas.

*Relevar datos para la encuesta de hogares

Se contratan parcialmente con terceros y se proyecta su extensión a la
totalidad de la actividad. La definición de términos contractuales y el
control de su cumplimiento estará a cargo de la División Estadísticas
Socio-Demográficas.

*Producción cartográfica

Se contratan parcialmente con terceros y se proyecta su extensión a la
totalidad de la actividad. La definición de términos contractuales y el
control de su cumplimiento estará a cargo de la División Servicios
Técnicos.

4. Servicios de apoyo a los sustantivos

Se prevé el traslado gradual de los servicios contables, de tesorería,
adquisiciones, administración de personal y documental a la respectiva
unidad de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

CAPITULO IV: Estructura de puestos de trabajo

-Asesoría Técnica: Se prevé la creación de hasta tres funciones de Alta
Especialización, de acuerdo con las necesidades específicas que surjan de
la gestión de la Dirección y disponibilidades presupuestales.

-División Estadísticas Económicas: Cargo o Función de Alta Especialización
en caso de ser suficientes las economías.

-División Estadísticas Socio Demográficas: Cargo o Función de Alta
Especialización en caso de ser suficientes las economías.

-División Servicios Técnicos: Cargo o Función de Alta Especialización en
caso de ser suficientes las economías.

Las funciones de Alta Especialización a nivel de Asesoría exigen un perfil
con especialización probada, a través de resultados positivos y concretos
alcanzados en el área específica.

La reformulación de la estructura organizativa se efectuó a partir de una
estructura de 205 puestos de trabajo.

Los puestos de trabajo ya identificacdos como excedentarios responden a
las causales dispuestas por la Ley 16.736 del 5 de enero de 1996, según
nómina adjunta, totalizando 59.

Los cargos y funciones contratadas que son declarados excedentarios de
acuerdo al art. 723 de la Ley 16.736 responden a cometidos que no
concuerdan con los de la Unidad Ejecutora y/o con los perfiles necesarios
a la definición de la nueva estructura de puestos de trabajo.

Si la disponibilidad presupuestal permite la definición de direcciones del
primer nivel organizacional como funciones de Alta Especialización, ello
incrementará el número de puestos excedentarios luego de una redefinición
de los requeridos.

CAPITULO V: Plan de Implantación

1. Contrataciones con terceros de los servicios cuya ejecución se deriva
al sector privado

*Imprimir publicaciones

Primera etapa: hasta 31 de enero de 1997 - Se encuentra definida la opción
de tercerización más conveniente de acuerdo con la evaluación realizada.

Segunda etapa: hasta 28 de febrero de 1997 - Instrumentación de la
contratación de acuerdo a la opción elegida. Esta fecha está sujeta a la
finalización del trámite correspondiente en el Ministerio de Economía y
Finanzas.

Tercera etapa: hasta 30 de marzo de 1997 - Puesta en funcionamiento del
servicio a cargo de terceros.

Las economías anuales resultantes de la reformulación organizativa que se
aprueba podrán aplicarse al mejoramiento del sistema de retribución al
personal de mayor responsabilidad y especialización, así como a las
funciones de Alta Especialización y Gerencia; a la equiparación salarial
tendiente a corregir las inequidades de remuneraciones existentes; a
fortalecer la capacidad del Inciso o Unidad Ejecutora para cumplir con sus
cometidos sustantivos originados en contrataciones de terceros y
redistribuciones de cometidos y personal; y al pago de premios por
desempeño excelente y muy bueno. Del total de economías anuales se
destinará como mínimo un 5% al pago de premios por desempeño excelente y
muy bueno.

2. Definición de la nueva estructura de puestos de trabajo

Primera etapa: hasta el 30 de junio de 1997 - Análisis de funcionamiento
de la nueva organización y de ajustes que requiera.

Segunda etapa: hasta el 30 de noviembre de 1997 - Definición de la nueva
estructura de puestos de trabajo especificando la naturaleza del vínculo
funcional, escalafón, grado, denominación, serie y retribución.

A medida que se vayan concretando los procesos de reformulación
organizativa en los plazos señalados, se adecuarán los puestos de trabajo
para cumplir con los cometidos del Instituto Nacional de Estadística
declarando excedentarios los restantes.

3. Designación de los titulares de los puestos de trabajo (Alta
Especialización, cargos presupuestados o contratados de función pública)

Primera etapa: hasta el 30 de setiembre de 1997 - Definición de perfiles
requeridos por las funciones de Alta Especialización, aprobación de la
convocatoria y de las bases del concurso para su provisión, publicaciones
y designación del Tribunal de Evaluación.

Segunda etapa: hasta el 30 de noviembre de 1997 - Concurso y selección de
titulares de funciones de Alta Especialización.

Tercera etapa: hasta 90 (noventa) días a partir de la aprobación de la
nueva estructura de puestos de trabajo. Desarrollo de procesos requeridos
para la propuesta de designación de sus titulares.

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen eléctronica del mismo"

INCISO 02: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
UNIDAD EJECUTORA 007: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS
NOMINA DE PUESTOS DE TRABAJO CORRESPONDIENTES A DECLARACIONES DE
EXCEDENCIA Y A RETIROS INCENTIVADOS (Ley 16.736)

CARGOS PRESUPUESTADOS
Art. 724

CANTIDAD     ESCALAFON    GRADO          DENOMINACION        SERIE
   1          A            15              ASESOR II       PROFESIONAL
   1          C          06          ADMINISTRATIVO II     ADMINISTRATIVO
   1          D          12          JEFE DEPARTAMENTO I   ESTADISTICA
   1          D          11          JEFE DEPARTAMENTO II  ESTADISTICA
   1          D          09          ESPECIALISTA II       ESTADISTICA
   1          D          08          ESPECIALISTA III      ESTADISTICA
   1          D          07          ESPECIALISTA IV       ESTADISTICA
   3          F          05          AUXILIAR 1            SERVICIOS

Art. 723

CANTIDAD          ESCALAFON    GRADO      DENOMINACION        SERIE
   3                  C          10      JEFE DE SECCION   ADMINISTRATIVO
   1                  C          07      ADMINISTRATIVO I  ADMINISTRATIVO
   1                  D          10      ESPECIALISTA I    ESTADISTICA
   3                  D          09      ESPECIALISTA II   ESTADISTICA
   3                  D          08      ESPECIALISTA III  ESTADISTICA
   6                  D          07      ESPECIALISTA IV   ESTADISTICA
   1                  E          06      OFICIAL V         OFICIOS
   1                  E          04      OFICIAL VII       OFICIOS

Art. 32

CANTIDAD          ESCALAFON    GRADO      DENOMINACION        SERIE
   1                 D          10          ESPECIALISTA I  ESTADISTICA
   1                 D          09          ESPECIALISTA II ESTADISTICA

Art. 727

CANTIDAD          ESCALAFON    GRADO      DENOMINACION        SERIE
    2                C          06      ADMINISTRATIVO II  ADMINISTRATIVO
    1                F          06      CONSERJE I         SERVICIOS

FUNCIONES CONTRATADAS

Art. 724

CANTIDAD          ESCALAFON     GRADO     DENOMINACION       SERIE
     2               D          09      ESPECIALISTA II  ESTADISTICA

Art. 723

CANTIDAD          ESCALAFON   GRADO  DENOMINACION       SERIE
     1               C         07    ADMINISTRATIVO I  ADMINISTRATIVO
     2               C         06    ADMINISTRATIVO II ADMINISTRATIVO
     1               D         12    JEFE DE DEPARTAMENTO ESPECIALIZACION
     1               D         07    ESPECIALISTA IV   ESTADISTICA
     2               D         06    ESPECIALISTA V    ESTADISTICA
     5               D         05    ESPECIALISTA VI   ESTADISTICA
     1               D         04    ESPECIALISTA VII  ESTADISTICA
     1               F         05    AUXILIAR I        SERVICIOS
     1               F         03    AUXILIAR III      SERVICIOS

Art. 32

CANTIDAD          ESCALAFON    GRADO     DENOMINACION        SERIE
     1               F         05        AUXILIAR I          SERVICIOS

Art. 727
CANTIDAD          ESCALAFON   GRADO    DENOMINACION       SERIE
     2               A         13       ASESOR IV         PROFESIONAL
     1               B         12       TECNICO II        COMPUTACION
     1               B         10       TECNICO IV        ESTADISTICA
     1               D         08       ESPECIALISTA III  ESTADISTICA
     1               D         07       ESPECIALISTA IV   ESTADISTICA
     1               D         05       ESPECIALISTA VI   ESTADISTICA


		
		Ayuda