Fecha de Publicación: 25/07/1950
Página: 109-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 23

   Créase un impuesto del 50 % sobre el valor de las entradas a los
distintos locales de los hipódromos.
   Las entradas gratuitas o de favor pagarán un impuesto de un peso, cada 
una por reunión.
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