Cuando sean requeridos los servicios consulares fuera de las horas
reglamentarias de oficina, o cuando la terminación urgente de asuntos o
documentos iniciados en horas hábiles exija la presencia del agente
consular en su despacho, fuera de dichas horas reglamentarias, esos servicios y prórroga de habilitación de horas serán solicitados por escrito por los interesados. El funcionario consular deberá atender esas solicitudes, cobrando independientemente de los derechos de arancel, los siguientes derechos extraordinarios:
Durante el día:
Por la primer hora ............................$ 8.00
Por cada una de las siguientes ................" 3.00
De noche y días feriados:
Por la primera hora .........................." 11.00
Por cada una de las siguientes ................" 4.00