MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA
Dichas mejoras podrán realizarse por acuerdo de partes, durante la vigencia del contrato, en los términos que ellas libremente determinen. En caso de que el propietario hiciera por sí mismo dichas mejoras, dispondrá del crédito a que se refiere el decreto ley N° 10.154 de mayo 13 de 1942.Ayuda