MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Agrégase al texto del artículo 14 de la ley número 11.617, de 20 de octubre de 1950, como penúltimo inciso, el siguiente: "Exceptúase de la norma del inciso anterior, los afiliados comprendidos en el régimen de laudos de los Consejos de Salarios".Ayuda