MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Las disposiciones de los artículos 35 y 36 de la presente ley se aplicarán también a los propietarios de la tierra, cuando el dueño del establecimiento agropecuario sea hijo de aquél, cónyuge, hermano, padre, madre o socio, cualquiera sea el régimen de sociedad, incluso la aparcería o medianería.Ayuda