Fecha de Publicación: 13/12/1957
Página: 593-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 37

   Las disposiciones de los artículos 35 y 36 de la presente ley se
aplicarán también a los propietarios de la tierra, cuando el dueño del 
establecimiento agropecuario sea hijo de aquél, cónyuge, hermano, padre, 
madre o socio, cualquiera sea el régimen de sociedad, incluso la 
aparcería o medianería.
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