MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO
El número de horas exigido por decretos especiales en vigor, para considerar generado el derecho a 12 días de licencia, en determinados gremios, regirá, para considerar generado el derecho a los veinte días previstos por el artículo 1º. Sobre esa base se calcularán las licencias fraccionadas.Ayuda