Fecha de Publicación: 31/08/1960
Página: 425-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 10

    Es incompatible el goce de los aumentos determinados en los artículos
2° y 3° con la percepción de retribuciones por el desempeño de actividades
remuneradas de cualquier naturaleza, en cuanto la suma de ambos conceptos
exceda la cantidad de $ 1.200.00 (mil doscientos pesos) mensuales.

                       Incompatibilidad por rentas
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