Fecha de Publicación: 31/08/1960
Página: 425-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 29

    Los contratos de arrendamiento, medianería y/o aparcería otorgados entre cónyuges no tienen valor jurídico a los efectos de acreditar la 
desvinculación de la actividad.


               Certificados por transferencias de vehículos

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