(Término del mandato). Los miembros del Directorio durarán cuatro
años en el ejercicio de sus funciones pudiendo ser reelectos o
confirmados, y continuarán en las mismas hasta tanto se realice su sustitución.
Si se efectuare la reelección o la confirmación, éstas serán sólo por un nuevo período, pudiendo aquéllos volver a integrar el Directorio con
un período de intervalo, por lo menos.