Fecha de Publicación: 18/12/1961
Página: 1-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 26/12/1961.

Artículo 90

   (Justificativos en las gestiones).- Todas las gestiones relacionadas
con la aplicación de esta ley se iniciarán ante la Caja acompañando los
justificativos pertinentes y, previos los informes del caso, el 
Directorio dictará resolución.
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