Prohíbase a los fraccionadores ofrecer en venta terrenos ubicados en
los fraccionamientos a que se refiere esta ley sin que posean
abastecimiento suficiente de agua potable en funcionamiento correcto e
instalaciones de suministro de energía eléctrica, todo lo cual se
justificará con la documentación emanada de los institutos
correspondientes, que apruebe las instalaciones.