MINISTERIO DE HACIENDA
Admitirá el Banco Hipotecario la administración directa de los gestionantes en la construcción, refacción o ampliación de la vivienda, autorizándose a las Direciones de Obras Municipales a firmar los planos correspondientes y vigilar su estricto cumplimiento. CAPITULO IX ENCARGADOS DE VIVIENDAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDAS ECONOMICASAyuda