Fecha de Publicación: 12/12/1968
Página: 762-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 4

   (Concepto de empresarios contratistas). Son empresarios contratistas 
(empresas) las personas físicas o jurídicas de cualquiera de las naturalezas y especies indicadas en el artículo anterior, que en forma independiente se dediquen a tareas de conducción de ganado, esquila, alambrados, montes, jardinería y trabajos agrícolas en general.
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