Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 210

   Se reforzará el Renglón 021 del Ministerio de Trabajo y Seguridad 
Social, Programa "Vida y Bienestar del Menor" (Inciso 13 Programa 08) en 
la cantidad necesaria para atender las contrataciones.

   Quedan afectados al Consejo del Niño, los recursos legales de que 
dispone la Liga Uruguaya Contra la Tuberculosis a la fecha de esta ley.

                             CAPITULO XVII

              ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION

                               INCISO 16

                             PODER JUDICIAL
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