Créase un Fondo de Compensación y Subsidio para las Fuerzas
Policiales que será administrado por el Ministerio del Interior, con el
objeto de satisfacer los siguientes fines:
a) Aumento de las pensiones graciables que se sirven actualmente a los
funcionarios policiales fallecidos en actos de servicio fijándose la
misma en $ 30.000 (treinta mil pesos) mensuales y pesos 5.000 (cinco
mil pesos) por cada hijo del causahabiente.
b) Pago de una indemnización por una sola vez de $ 3:000.000 (tres
millones de pesos) por concepto de reparación de daño moral y físico
que se abonará a la cónyuge supérstite, en caso de que el
fallecimiento del funcionario policial se produzca en acto de servicio.