ESTABLECIMIENTO DE SERVIDUMBRE PARA OBRAS DE APROVECHAMIENTO
HIDROELECTRICO DEL RIO URUGUAY - CREACION DEL FONDO ENERGETICO NACIONAL
- EMISION DE BONOS ENERGETICOS REAJUSTABLES
La forma y condiciones de la emisión serán reglamentadas por el
organismo emisor con la aprobación del Banco Central del Uruguay.
El servicio y rescate de estos Bonos será de cargo de la
Administración General de las Usinas Eléctricas y los Teléfonos del
Estado.