ESTABLECIMIENTO DE SERVIDUMBRE PARA OBRAS DE APROVECHAMIENTO HIDROELECTRICO DEL RIO URUGUAY - CREACION DEL FONDO ENERGETICO NACIONAL - EMISION DE BONOS ENERGETICOS REAJUSTABLES




Fecha de Publicación: 13/05/1971
Página: 254-C
Carilla: 2

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Artículo 16

   Los Bonos que se emitan de conformidad con lo dispuesto en esta ley 
gozarán de todas las prerrogativas que preceptúan las disposiciones 
vigentes para la deuda pública, así como de todas las exenciones 
fiscales establecidas para los valores hipotecarios.
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