Fecha de Publicación: 18/11/1987
Página: 337-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 140

   Suprímese la Comisión Honoraria del Plan de Desarrollo Agropecuario, 
creada por el artículo 4º de la Ley N° 12.787, de 15 de noviembre de 
1960. 
   Los cometidos, bienes, derechos y obligaciones asignados a dicha 
Comisión, pasarán a la Dirección de Contralor de Insumos Agropecuarios. 
   Los funcionarios respectivos pasarán a ocupar cargos presupuestados 
en el Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", en la 
Unidad Ejecutora 032 "Dirección de Contralor de Insumos Agropecuarios", 
del Programa 008 "Servicios de Contralor Agropecuario", manteniendo sus 
remuneraciones y categorías funcionales.
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