MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
A los efectos de lo dispuesto por el artículo 24 del decreto-ley N° 10.382, de 13 de febrero de 1943, el Poder Ejecutivo, previa conformidad de la Intendencia Municipal respectiva, fijará las zonas urbanas y suburbanas de los caminos nacionales que atraviesan ciudades, villas o pueblos.Ayuda