La Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE), será
dirigida por:
A) Un Director General, cargo de particular confianza, cuya
retribución será la establecida en el literal b) del artículo 9º de
la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986.
B) Dos Subdirectores, Administrativo y Técnico, también de particular
confianza, cuya remuneración será la establecida en el literal c)
del mismo artículo.