Créanse las siguientes partidas en el Programa 001 "Jurisdicción en
materia Administrativa", con la finalidad de atender sus servicios de
contabilidad computarizada e informática jurídica:
A) Inversiones, para unidad de control, líneas telefónicas, un
"modulador" y conexiones, un aparato telefónico, video-teclado,
impresora con la computadora y sus conexiones, N$ 4:525.000 (nuevos
pesos cuatro millones quinientos veinticinco mil).
B) Facturación anual por la Contaduría General de la Nación N$
3:000.000 (nuevos pesos tres millones) y mantenimiento anual
--estimativo --, N$ 543.000 (nuevos pesos quinientos cuarenta y
tres mil).
C) Recopilación y ordenación de la jurisprudencia del Tribunal de lo
Contencioso Administrativo, en régimen de arrendamiento de obra,
conforme a lo dispuesto por el inciso primero, del artículo 25 de
la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986, partida por una sola vez,
de N$ 3:600.000 (nuevos pesos tres millones seiscientos mil).
Dichas partidas serán reajustadas de acuerdo a lo establecido en el
artículo 6º de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986.