Fecha de Publicación: 18/11/1987
Página: 337-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 386

   La escala general de remuneraciones con valores del mes de enero de
1987, es la siguiente: 

               Grado        N$ 
               ____         __ 
       
                 1   -   15.089
                 2   -   17.319
                 3   -   20.097
                 4   -   20.811
                 5   -   22.240
                 6   -   23.668
                 7   -   25.096
                 8   -   27.237
                 9   -   30.094
                10   -   32.949
                11   -   35.805
                12   -   39.308
                13   -   41.906
                14   -   43.406
                15   -   46.753
                16   -   50.858
                17   -   56.070
                18   -   60.175
                19   -   64.271
                20   -   70.235
                21   -   81.035
                22   -   89.237

    Esta escala comprende los importes de remuneración al cargo, por todo
concepto, de régimen de seis horas diarias de labor (treinta horas 
semanales). A los montos establecidos en dicha escala, se adiciona la
suma de N$ 1.337 (nuevos pesos mil trescientos treinta y siete) o sea el
50% (cincuenta por ciento) del aumento dispuesto a partir del 1º de
abril de 1985, a valores de 1º de enero de 1987.
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