Son ordenadores secundarios de gastos e inversiones:
1) Hasta el límite máximo establecido para las licitaciones
restringidas, los directores o jerarcas de las dependencias
directas de los órganos administrados por los ordenadores
primarios.
2) Hasta el límite máximo establecido para el concurso de precios, los
funcionarios a cargo de las dependencias que deberá establecer la
reglamentación, ponderando la naturaleza y características de las
mismas y la jerarquía de dichos funcionarios.
Los ordenadores secundarios actuarán por delegación y bajo la
supervisión y responsabilidad de los ordenadores primarios.