La contabilidad de Presupuesto registrará:
1) Con relación al cálculo de recursos, los importes calculados y los
recaudados por cada ramo o especificación de las entradas, de manera
que quede individualizado su origen.
2) Con relación a cada uno de los créditos:
A) El monto autorizado y sus modificaciones.
B) Los compromisos contraídos en materia de gastos de funcionamiento y
de inversión.
C) Los compromisos ejecutados en materia de gastos de inversión.
D) Los incluídos en órdenes de pago.
Se llevará analíticamente en las contadurías centrales sintéticamente
en la contaduría general que corresponda.
A su vez, la Contaduría General de la Nación centralizará la información
contable de todos los Organismos del Presupuesto Nacional.
Las contadurías centrales registrarán asimismo los compromisos en curso de formación.