Fecha de Publicación: 18/11/1987
Página: 337-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 76

   Exímese a la Unidad Ejecutora 080 "Dirección General de 
Infraestructura Aeronáutica", de lo dispuesto por el literal b), del 
artículo 10 de la Ley N° 11.925, de 27 de marzo de 1953 y de lo 
establecido por el artículo 5° del decreto-ley N° 14.755, de 5 de enero 
de 1978. 
   A esos efectos se autoriza el empleo de los saldos existentes a la 
fecha de la promulgación de la presente ley, en las cuentas que 
administran los recursos extrapresupuestales del mencionado programa.
Ayuda