Fecha de Publicación: 08/01/1988
Página: 81-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Ley 15.918

Se establece el "Día de la Antartida Uruguaya" que se celebrará el 7 de octubre de cada año.

Poder Legislativo.

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, 

                             DECRETAN:

Artículo 1

   Establécese el "Día de la Antártida Uruguaya", que se celebrará el 7 
de octubre de cada año. 

Artículo 2

   El Poder Ejecutivo adoptará las medidas necesarias para la regular
celebración de la fecha mencionada. En tal oportunidad serán 
especialmente difundidos los fundamentos de la vocación antártica de la República y de sus derechos e intereses respecto de la región.

Artículo 3

   Las autoridades de las diversas ramas de la Enseñanza dispondrán, con el mismo objeto, similares medidas en la órbita de sus competencias.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

   Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 26 de noviembre de 1987.- Jorge Batlle, Presidente.- Mario Farachio, 
Secretario.

Ministerio de Educación y Cultura.

 Ministerio de Relaciones Exteriores.
 
  Ministerio de Defensa Nacional.
                                 
                                    Montevideo, 10 de diciembre de 1987.

   Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese, e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.-


SANGUINETTI.- ADELA RETA.- ALBERTO RODRIGUEZ NIN.- Tte. Gral. HUGO 
MEDINA.
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