MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Los Ministerios, Intendencias Municipales y otros organismos involucrados en el cumplimiento de la presente ley quedan facultados para proyectar en cada presupuerto las partidas necesarias para cubrir los gastos requeridos por la ejecución de las acciones a su cargo. Capítulo IV CONSTITUCION DEL BIEN DE FAMILIA Y DERECHO DE HABITACIONAyuda