En la reglamentación se establecerán los medios necesarios para
completar la protección a dispensar a los discapacitados en proceso de
rehabilitación. esta protección comprenderá:
A) Medios y atenciones para facilitar o salvaguardar la realización de su tarea, así como el acondicionamiento de los puestos de trabajo que ellos ocupen.
B) Medidas de fomento o contribución directa para la organización de talleres protegidos.
C) Créditos para el establecimiento como trabajador independiente.
Capítulo IX
ARQUITECTURA Y URBANISMO