Créase un tasa que recaudará la unidad ejecutora 009 "Dirección General del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado", por cotejo y registro de planos de mensura.
El importe del gravámen será fijado por el Poder Ejecutivo, teniendo en cuenta el costo del servicio y se destinará:
1) El 50% (cincuenta por ciento) a Rentas Generales.
2) El 25%, (veinticinco por ciento), al funcionamiento y equipamiento de la Dirección General del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles
del Estado.
3) El 25%, (veinticinco por ciento) a la capacitación y promoción social de sus funcionarios.