Fecha de Publicación: 06/11/1991
Página: 320-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 196

     Sustitúyese el inciso segundo del artículo 17 de la Ley Nº 16.065, 
de 6 de octubre de 1989, por el siguiente:

      "A los efectos del adicional que se crea, extiéndese la nómina de 
      los bienes a que refiere el artículo mencionado en el inciso 
      anterior, a la leche, los productos de origen forestal y las 
      exportaciones en estado natural y sin proceso de transformación, 
      de los productos hortícolas, fruticolas y citrícolas".
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